Es
indiscutible que el sujeto que se ve sometido a prisión preventiva y
que luego es absuelto ha sufrido un daño que debe ser indemnizado.
Dicho daño no es solamente material, sino que principalmente el daño es moral y social.
La
detención arbitraria de Anthony Santos pone de manifiesto el interés de
la justicia en querer demostrar que actúa de manera correcta, demuestra
que alguien quiere exhibir una sólida acción judicial tomando un
artista de multitudes como ejemplo.
Una
figura de enorme aceptación popular y sin haber cometido una acción
criminal, sin haber traficado con drogas, sin haber violado una mujer y
sin haber atentado contra la vida de nadie, no merece guardar prisión.
Es
verdad que la ley es igual para todos, pero por respeto a su
trayectoria el artista pudo haber recibido otro tipo de consideración.
Los
jueces y cualquiera otra autoridad son responsables civilmente por
retener en prisión a una persona en capacidad absoluta para resolver
este caso sin tener que llegar al extremo de una cárcel.
La
privación de libertad siempre implica sufrimiento y en este caso nada
ni nadie podrá resarcir los daños y perjuicios causados a
este ídolo artístico del país.
Exhortamos a la
procuradora fiscal del Distrito Nacional a que a la brevedad gire sus instrucciones a fin de asumir una revisión de esta medida y otorgarle la libertad al bachatero más popular de este siglo.
Por: Joseph Tavarez
Larevistadigital.com